Sanidad establece un plan de actuación con medidas de control en el ámbito municipal

Resolución de la Delegación Provincial

Sanidad establece un plan de actuación con medidas de control en el ámbito municipal

Limita el aforo al 50% en supermercados, bares y restaurantes; suspende actividades colectivas y mantiene sin público las competiciones de deporte federado

La nueva resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad en Ciudad Real, que prorroga en Manzanares las medidas de nivel II al darse una tasa de incidencia acumulada de 255,6 casos/100.000 habitantes en las últimas dos semanas, propone con fecha de 1 de noviembre una serie de medidas de control recogidas en un plan de actuación de ámbito municipal con el objetivo de “salvaguardar el interés público y evitar la transmisión del virus”.

Sanidad
03-11-2020
Aviso del horario de apertura en parques y plazas

Aunque las tasas de incidencia semanales por COVID-19 han disminuido progresivamente en las tres últimas semanas, Sanidad sigue recomendando en Manzanares la adopción de medidas complementarias a las generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

En locales de ocio, las actuaciones contempladas en este plan son el cierre del centro de mayores y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales, así como la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. En los locales cerrados, el aforo será del 50% del máximo que tuvieran y las terrazas se reducirán al 75%, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas. En locales de juegos y apuestas, el aforo también se limitará al 50%. Los hoteles solo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

En las actividades religiosas de ámbito social, se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de 10, y en bodas y bautizos a 25. Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

En los centros de culto, según decreto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se limita la permanencia de personas en espacios cerrados al 40% de aforo. En espacios al aire libre se garantizará la distancia de seguridad interpersonal y no se superará un máximo de cien personas.

En centros socio-sanitarios, se suspende la actividad en los centros de día y servicios de estancias diurnas de personas mayores, se suspenden las visitas sociales a las residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales socio-sanitarios. En estos centros, la entrada de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. En las residencias de mayores no se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor.

El plan contempla el refuerzo de los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. Se aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes y el Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Como medidas complementarias, se suspenden actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas; y se suspende la actividad de las escuelas deportivas, municipales o de otra titularidad.

También se suspenden las competiciones deportivas no federadas. Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.

El plan limita el aforo de cine, teatros y auditorios al 30% del aforo, al igual que en bibliotecas y museos; y permite cursos, congresos y seminarios con un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación del recinto al 50% del aforo máximo permitido. Sin embargo, establece el cierre de las piscinas e instalaciones de este tipo para uso recreativo público, independientemente de su titularidad.

Se permite la celebración de mercadillos y mercados al aire libre con un tercio del aforo previamente establecido y se mantiene el cierre cautelar de parques y jardines entre las diez de la noche y las ocho de la mañana.

Las medidas higiénicosanitarias se extremarán en las tiendas y demás establecimientos comerciales, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Finalmente, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable. Se recuerda que la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

Todas estas medidas se aplicarán durante 14 días y pueden prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución de la enfermedad. Sanidad advierte que si las circunstancias epidemiológicas y su evolución reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias.